La Asociación de Bancos de México (ABM) dio a conocer que usuarios o clientes deberán permitir a los bancos tener acceso a su geolocalización en tiempo real.
Esta nueva disposición bancaria deberá entrar en vigor a partir del martes 23 de marzo de 2021.
En un comunicado, se recalcó que los bancos” están obligados a obtener y conservar la geolocalización en tiempo real del dispositivo a través del cual, sus clientes o usuarios, apertura cuentas o celebren contratos, así como aquellos mediante los que realicen operaciones o servicios”.
Comunicado de prensa. Para seguir disfrutando los servicios de los bancos a través de canales digitales, a partir del 23 de marzo de 2021, previo a la apertura de cuentas, celebración de contratos y la realización de operaciones o servicios de forma remota, pic.twitter.com/RruTEVXU9W
— Asociación de Bancos de México (@AsocBancosMx) March 18, 2021
Lo anterior, de conformidad con la Resolución que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones de carácter general a las que se refiere el artículo 115 de la Ley de instituciones de Crédito, publicada el 22 de marzo de 2019 en el Diario Oficial de la Federación.
Para tales efectos, los clientes y usuarios deberán en sus dispositivos dar su consentimiento sobre su ubicación y, en su caso, proceder con las actualizaciones y permisos para que los bancos estén en posibilidad de otorgar los servicios correspondientes, en los términos y condiciones que cada banco defina

