Dicha votación fue de fue de seis votos contra tres y después de un intenso debate entre los magistrados, sin embargo, el Máximo Tribunal Constitucional impuso el argumento de la protección a los derechos fundamentales a la igualdad, la libertad y la dignidad humana.
El magistrado mencionó, que el matrimonio no puede considerarse exclusivamente como la unión de un hombre y una mujer y que es una figura que se debe aplicar sin distinción de género.
Además de asegurar que el matrimonio entre una pareja homosexual tendrá los mismos efectos jurídicos y vinculantes que el de una pareja heterosexual